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Adaptación del sistema DIVA a los nuevos tipos impositivos

Se adapta el sistema DIVA para la admisión de los decimales que incluyen los nuevos tipos impositivos en sus dígitos. A partir del 23 de septiembre de 2024 se podrán realizar pruebas para comprobar su correcto funcionamiento.

  • Tipo impositivo aplicable temporalmente a alimentos básicos incluido el aceite de oliva

    Desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024, se aplicará el tipo del 2% del IVA y el tipo del recargo de equivalencia del 0,26% a los siguientes productos:

    1. Ogi arrunta, bai eta ogi arrunt izoztuaren masa eta ogi arrunt izoztua, ogi arrunta egiteko soilik erabiltzen direnak.

    2. Las harinas panificables.

    3. Edozein animalia-espeziek ekoiztutako esne mota hauek: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT , evaporada y en polvo.

    4. Gaztak.

    5. Arrautzak.

    6. Frutak, barazkiak, lekaleak, tuberkuluak eta zerealak, baldin eta produktu naturalak badira Elikadura Kodearen eta hura garatzeko emandako xedapenen arabera.

    7. Los aceites de oliva.

  • Tipo impositivo aplicable temporalmente a aceites de semillas y pastas alimenticias

    Desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024 corresponderá el tipo del 7,5% del IVA y el tipo del recargo de equivalencia del 1%.