a) Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios
Como ejemplos pueden citarse, entre otros, los siguientes:
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Intereses de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluidas las basadas en operaciones sobre activos financieros.
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Intereses, cupones y otros rendimientos periódicos derivados de valores de renta fija.
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Intereses de activos financieros con retención efectiva del 1,2 por 100 por aplicación de la bonificación prevista en la disposición transitoria sexta de la LIS.
Las particularidades de las retenciones deducibles correspondientes a dichos rendimientos se comentan en el Capítulo 18.
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Intereses derivados de préstamos concedidos a terceros.
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Rentas derivadas de las operaciones de cesión temporal de activos financieros con pacto de recompra (REPOS). Se denominan así las operaciones de venta que incluyen un compromiso de recompra, opcional o no opcional, que se realiza en un momento intermedio entre la fecha de venta y la fecha de amortización. Los "REPOS" más comunes se realizan sobre Obligaciones y Bonos del Estado.
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Rentas satisfechas por una entidad financiera como consecuencia de la transmisión, cesión o transferencia, total o parcial, de un crédito titularidad de aquella. La renta obtenida por el cesionario o adquirente se califica en todo caso como rendimiento del capital mobiliario.