Para contribuyentes con discapacidad
(Arts. 16 y 3 Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)
Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción
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150 euros por cada contribuyente que tenga la consideración de persona con discapacidad.
Tienen la consideración de de personas con discapacidad, los contribuyentes que tengan reconocido en grado igual o superior al 33%, de acuerdo con el baremo a que se refiere el artículo 367 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (BOE de 31 de octubre).
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Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere las siguientes cantidades:
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25.000 euros en tributación individual.
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30.000 euros en tributación conjunta.
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