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La Agencia Estatal de Administración Tributaria publica la "Estadística de los declarantes del Impuesto sobre Patrimonio" basada en las declaraciones de dicho impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de referencia de la estadística. Esta publicación recoge información detallada de las partidas contenidas en el modelo de declaración 714 (Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio).
El impuesto sobre el Patrimonio se encuentra regulado por la Ley 19/1991, que establece como objetivo del impuesto la búsqueda de la eficacia en la utilización de los grandes patrimonios contribuyendo a la redistribución de la riqueza, de forma complementaria al IRPF. El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de devengo anual, de carácter directo y naturaleza personal que grava el patrimonio neto de la persona física a 31 de diciembre de cada año. Se entiende por patrimonio neto el conjunto de bienes y derechos de contenido económico del que sea titular un sujeto pasivo del impuesto minorado en las cargas y gravámenes que disminuyan su valor y de las deudas y obligaciones personales de las que deba responder. Es un impuesto de carácter individual.
La estadística muestra la estructura del patrimonio de las personas físicas obligadas a declarar, distinguiendo seis tipos de bienes y derechos susceptibles de valoración económica: bienes inmuebles, bienes afectos a actividad económica, bienes de capital mobiliario, seguros y rentas, bienes suntuarios y otros bienes y derechos de contenido económico. A su vez existe un siguiente nivel con un total de 18 desagregaciones de las categorías de bienes citadas.
En cumplimiento de este compromiso, desde la publicación estadística del ejercicio fiscal 2005, se facilita información resumida de las partidas contenidas en dicho impuesto clasificadas por sexo de la persona declarante.
A partir de 2008 se estableció un 100% de bonificación y se eliminó la obligación formal de presentar declaración por el impuesto sobre Patrimonio, y en consecuencia, se interrumpe la elaboración de la estadística hasta el momento actual. A partir de 2011, el RDL 13/2011 restablece temporalmente la obligación de declarar.
Berritasuna
En el ejercicio 2022 se ha introducido una imposición adicional, Impuesto sobre grandes fortunas, que se declara en el modelo 718 y que de facto elimina la bonificación existente en el modelo 714, que en el ejercicio de su capacidad normativa, habían introducido algunas comunidades autónomas. El nuevo impuesto estatal es homogéneo para todas las comunidades autónomas y la cuota resultante del mismo está minorada por la cuota ingresada en el impuesto sobre patrimonio. En la estadística se ha añadido una tabla que muestra la recaudación total que grava el patrimonio en el último bloque de la publicación.
Hurrengo argitalpena: septiembre de 2025 (Datos de 2023)