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El Equipo Nacional de Cobro Internacional

El traslado de la mal llamada “planificación fiscal agresiva” desde la fase liquidatoria a la fase recaudatoria que ha tenido lugar en los últimos años se ha caracterizado, entre otras conductas, por la ubicación por parte de los deudores de sus bienes y derechos de contenido económico en otras jurisdicciones fiscales distintas de aquellas en las que se genera la deuda tributaria, como estrategia principal para obstaculizar las actuaciones de embargo.

Dicha circunstancia ha remarcado la inexorable necesidad de impulsar y reforzar la cooperación administrativa internacional como mecanismo idóneo para tutelar el cobro de los créditos tributarios, superando las limitaciones derivadas de la configuración territorial de la soberanía.

La necesidad de dar respuesta a la problemática anteriormente reseñada condujo a la creación del Equipo Nacional de Cobro Internacional (en adelante, ENCI), dependiendo de la Subdirección General de Coordinación y Gestión del Departamento de Recaudación, mediante la Resolución de 27 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación (BOE 1 de junio de 2023).

La creación del ENCI forma parte de la apuesta realizada por parte de la Agencia Tributaria para reforzar la cooperación administrativa y la asistencia mutua en el ámbito internacional para asegurar que todos los contribuyentes con obligaciones tributarias en España estén sometidos al mismo grado de control, en función de su riesgo fiscal, con independencia de que operen o tengan bienes o derechos fuera del territorio español.

En este sentido, debe destacarse que la planificación centralizada en el ámbito de la asistencia mutua en la recaudación es uno de los pilares de las actuaciones complejas de control en materia de recaudación que se prevén en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2024-2027.

Desde un punto de vista organizativo, la creación del ENCI ha posibilitado el impulso de una planificación sistematizada y centralizada en el Departamento de Recaudación que permita maximizar tanto el número de peticiones enviadas o recibidas de otros Estados, bajo un criterio homogéneo.

Fruto de lo reseñado, se ha conseguido aumentar el número de tramitaciones de peticiones de asistencia mutua recibidas de otros Estados, así como aumentar exponencialmente el número de peticiones enviadas a otros Estados, con el consiguiente incremento de ingresos.

El citado incremento tiene un doble efecto:

  • Un efecto directo: derivado de la propia actuación de petición de cobro.
  • Un efecto inducido: en la medida que, impulsando este tipo de actuaciones, los deudores toman conciencia de que la Agencia Tributaria realiza ordinariamente, en sus actuaciones tendentes al cobro de deudas y a través de la colaboración de otros Estados, la traba de bienes y derechos de contenido económico situados fuera del territorio nacional.

Adicionalmente el ENCI también está trabajando en potenciar la presencia de los funcionarios del área de recaudación en las actuaciones de gestión recaudatoria desarrolladas por otros Estados.