3.2. Recaudación tributaria líquida
La recaudación tributaria líquida resulta de minorar de la recaudación tributaria bruta las devoluciones efectivamente pagadas en el ejercicio y los ajustes con los territorios forales. Responde, asimismo, a un criterio de caja, distinto de otros conceptos como los derechos reconocidos o los impuestos a efectos de Contabilidad Nacional.
En el año 2017 se ingresaron 193.951 millones de euros, un 4,1 por ciento más que en 2016. Sin el impacto del SII, el crecimiento habría sido del 6,4 por ciento.
En los siguientes apartados del Anexo se desarrolla esta información:
Cuadro nº 13. Recaudación tributaria líquida total (Anexo)Gráfico nº 14. Evolución de la recaudación tributaria gestionada por la Agencia Tributaria (Anexo)Las diferencias que se observan por figuras entre el crecimiento de los ingresos netos y los brutos analizados en el apartado anterior se explica por la evolución de las devoluciones realizadas. En 2017, el crecimiento del total de las devoluciones fue del 3,9 por ciento. En el IRPF, las devoluciones realizadas se redujeron un 5 por ciento y, en el caso de las ligadas a la declaración anual, un 7 por ciento. En el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, las devoluciones realizadas crecieron (2,1 por ciento y 4,5 por ciento, respectivamente) pero menos que los ingresos brutos. Por su parte, en el IVA los ingresos netos (sin el impacto del SII) crecieron un 7,9 por ciento, igual que los ingresos brutos (las devoluciones realizadas aumentaron un 9,5 por ciento, pero también se vieron afectadas por la implantación del SII, que permitió una agilización en la realización de las mismas; sin el SII, el incremento habría sido del 8 por ciento). En los Impuestos Especiales, los ingresos netos aumentaron un 2,2 por ciento, por encima de los brutos debido a las menores devoluciones del céntimo sanitario.
El conjunto de cambios normativos que afectaron a los ingresos de 2017 supuso una pérdida de 3.361 millones. Ahora bien, si se elimina el efecto del SII, el impacto sería positivo por un importe de 789 millones. La entrada en vigor de esta nueva forma de gestión vino acompañada de un retraso en la fecha límite de presentación de las declaraciones (del 20 al 30 del mes posterior al mes de devengo). La consecuencia fue que las declaraciones de un mes cualquiera que anteriormente se contabilizaban en el mes siguiente, pasaron en su mayor parte a registrarse dos meses más tarde y, por lo tanto, en el conjunto del año solo se contabilizaron, para las empresas acogidas al nuevo sistema, 11 meses de ingresos (el mes de noviembre que antes se recaudaba dentro del año ha pasado a figurar en enero del año siguiente). Junto a esta pérdida transitoria de ingresos, el nuevo sistema ha posibilitado la realización más ágil de las devoluciones, de manera que también por este lado hubo una disminución de ingresos: devoluciones mensuales correspondientes a los últimos meses del año, que antes se hubiesen realizado en los primeros meses del siguiente, se realizaron dentro del año 2017. En total, ambos cambios significaron un traslado de ingresos de 2017 a 2018 por valor de 4.150 millones.
Esta disminución de ingresos se vio parcialmente compensada por el aumento de la recaudación (656 millones) que supusieron los cambios en la normativa de los aplazamientos, endureciendo los requisitos para su acceso. A raíz de estos cambios, se observó una reducción de los aplazamientos concedidos y un incremento de los ingresos por IVA. El impacto en la recaudación se fue moderando a lo largo del año, al ser contrarrestado por los menores ingresos procedentes de periodos anteriores.
En el IVA también se produjo una pequeña pérdida de ingresos (21 millones) por la rebaja de tipos en diversas actividades, de las cuales la más importante es la de los espectáculos en vivo.
En el IRPF los cambios normativos significaron un aumento en la recaudación de 1.067 millones. Los impactos proceden de modificaciones de años anteriores. En 2017 se presentó la declaración de 2016 que incluía algunas medidas adicionales de la reforma que aún no se habían puesto en marcha. Con estos impactos se daría por cerrado el coste de la reforma que se ha distribuido en tres años (2015, 2016 y 2017), con un importe total estimado de 7.698 millones.
También el Impuesto sobre Sociedades se vio afectado en 2017 por la reforma de la imposición directa de 2015 por las mismas razones que el IRPF. El impacto se estima en 618 millones. El coste completo de la reforma se cifra en 2.391 millones. Sin embargo, los mayores impactos se produjeron por otras medidas, por los RDL 2/2016 y 3/2016 aprobados a finales de ese año y que se superpusieron a la reforma, modificando algunos de sus aspectos y alterando los efectos previstos de la misma. El RDL 2/2016, que cambió la forma en la que se calculan los pagos fraccionados desde el segundo pago de 2016, tuvo efecto en 2017 sobre la cuota diferencial. El impacto (-2.967 millones) es el mismo que se estimó para los pagos en 2016, pero con signo negativo al tratarse simplemente de un adelanto de los ingresos por parte de los contribuyentes. Por su parte, el RDL 3/2016 afectó tanto a los pagos (con la limitación a la compensación de bases imponibles negativas: 301 millones) como a la cuota (limitaciones a la minoración por las bases imponibles negativas y a la deducción por doble imposición internacional y un nuevo tratamiento de los deterioros: 982 millones). En conjunto, todas las medidas que influyeron en los ingresos del Impuesto sobre Sociedades supusieron, en términos netos, una pérdida de 1.049 millones.
En los Impuestos Especiales las medidas normativas elevaron los ingresos en 184 millones. El origen fue la subida de tipos en el Impuesto sobre las Labores del Tabaco (133 millones) y en el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas (35 millones) de diciembre de 2016, y la modificación del tipo utilizado en el cálculo de las devoluciones por gasóleo agrícola (16 millones) en vigor desde julio de 2017. El resto de impactos (gases fluorados y tasas judiciales) también son consecuencia de cambios de años anteriores: en gases fluorados, por la implementación progresiva del impuesto y en tasas judiciales, por la sentencia ya señalada.
Las principales cifras se ofrecen en siguiente cuadro:
Cuadro nº 15. Ajustes por impactos de cambios normativos (Anexo)