Régimen especial de las agencias de viajes
Saltar índice de la informaciónObligaciones de facturación
Los empresarios y profesionales acogidos a este Régimen especial no tienen obligación de consignar separadamente en la factura la cuota repercutida, debiendo entenderse incluida en el precio.
En las facturas ha de constar la mención “régimen especial de las agencias de viajes”.