Disposiciones más comunes de los Convenios
Distribución de la potestad tributaria en los Convenios, en general, para diferentes tipos de renta
Convenios. Renta que no esté contemplada explícitamente
Todos los Convenios de doble imposición contienen una cláusula en la que se determina, en general, que las rentas de un residente de un Estado, cualquiera que fuese su procedencia, no mencionadas en los otros artículos del Convenio, solo pueden someterse a tributación en el Estado de residencia. No obstante, siempre debe consultarse el Convenio concreto.