Preguntas frecuentes sobre la declaración informativa de pagos transfronterizos (06/02/2024)
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No.
Las operaciones de pago realizadas por un ordenante situado en un tercer país a un Estado miembro no están incluidas en la obligación de informar. Por lo tanto, dichas transacciones no deben incluirse en el cálculo del umbral.
Sí. El método de pago utilizado no influye a tal efecto. Todos los pagos deben considerarse independientemente del método de pago utilizado. Además, cuando el proveedor de servicios de pago tenga información de que el beneficiario tiene varios identificadores/cuentas, el cálculo se realizará por beneficiario.
El número de pagos transfronterizos debe ser calculado por cada proveedor de servicios de pagos por Estado miembro en el que se presten los servicios.
No, el proveedor de servicios de pagos pagador debe determinar el umbral considerando todas las transacciones realizadas al mismo beneficiario.