Consulta y gestión de solicitudes de aplazamiento por colaboradores sociales
La consulta y gestión de solicitudes de aplazamiento, fraccionamiento o reconocimiento de deuda sólo está habilitada para el propio titular o para un tercero que esté apoderado a realizar dicho trámite. Por tanto, un colaborador social sólo podrá gestionar los aplazamientos de sus clientes si le apoderan a ello.
Los apoderamientos que permiten la gestión de aplazamientos son el poder general GRALLEY58 o el específico RB01011 (gestión de aplazamientos). El alta de un apoderamiento por internet permite apoderar a un tercero (persona física o jurídica) para que pueda realizar, con su propio certificado electrónico, cualquiera de los trámites y actuaciones en materia tributaria habilitados al efecto en nombre del poderdante.
El poderdante puede ser tanto persona física como persona jurídica o carente de personalidad jurídica. Es el propio poderdante el que da de alta el apoderamiento a través de la aplicación disponible en la Sede Electrónica, identificándose con certificado electrónico o, si es persona física, también con Cl@ve.
Si el poderdante carece de certificado digital, puede solicitar las autorizaciones y revocaciones para sus apoderados mediante comparecencia personal ante las Administraciones o Delegaciones de la AEAT adjuntando los correspondientes "Modelos de apoderamientos para trámites telemáticos".
El apoderamiento también se puede realizar mediante documento público o documento privado con firma legitimada notarialmente, presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Una vez registrado el apoderamiento, para poder consultar o modificar una solicitud de aplazamiento ya presentada, la persona apoderada deberá acceder desde el enlace "Gestión de aplazamientos como Representante" en la relación de trámites de aplazamiento y fraccionamiento de deudas de la Web.
Introduce el NIF del poderdante o representado y haz clic en "Buscar". Se mostrará una relación de todas las solicitudes de aplazamiento realizadas por ese obligado tributario.
Haz clic en el código asociado a cada solicitud para acceder a las opciones disponibles.
En función del estado de tramitación pueden aparecer alguna de estas dos opciones o ambas: "Gestión de domicilios" y "Gestión de domiciliaciones".
Para modificar el número de cuenta para la domiciliación del aplazamiento, debes acceder a "Gestión de domiciliaciones" y facilitar el nuevo código de cuenta bancaria.