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Manual práctico de Renta 2021.

Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

Normativa: Arts. 51, 52 y disposición adicional novena Ley del IRPF ; arts. 49 a 51 y disposición transitoria decimonovena Reglamento

Podrán reducirse de la base imponible general las siguientes aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social:

  1. 1. Aportaciones y contribuciones a planes de pensiones
  2. 2. Aportaciones y contribuciones a mutualidades de previsión social
  3. 3. Primas satisfechas a los planes de previsión asegurados
  4. 4. Aportaciones a los planes de previsión social empresarial
  5. 5. Primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia
  6. 6. Normas comunes aplicables a las aportaciones a sistemas de previsión social
  7. 7. Aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente