Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre las medidas fiscales por daños DANA.
Contribuyentes en módulos
Podrán reducir en un 25% el rendimiento neto de 2024 correspondiente a la actividad en la zona afectada. Esta reducción es adicional a la general del 5% establecida para 2024 y se aplicará en la declaración de IRPF 2024 a presentar en 2025.
No obstante, para adelantar el efecto positivo de esta reducción, el rendimiento neto aplicable para calcular el pago fraccionado del último trimestre de 2024 se reducirá en la parte proporcional que corresponda a las actividades económicas desarrolladas en los municipios afectados por la DANA, de tal forma que, si todas las actividades se han realizado en municipios afectados, la reducción del pago del último trimestre de 2024 sería del 100%.
Sí, los contribuyentes acogidos al régimen simplificado del IVA que desarrollen su actividad en los municipios afectados podrán reducir en un 25% el importe de las cuotas devengadas por operaciones corrientes correspondiente a esas actividades en el año 2024. Esta reducción se tendrá en cuenta para el cálculo de la cuota anual del régimen simplificado correspondiente a 2024. Esta reducción se aplicará en la declaración del cuarto trimestre de IVA de 2024, a presentar en enero de 2025.
Sí, se permite a estos contribuyentes renunciar excepcionalmente a aplicar el régimen de módulos con vistas a la declaración de IRPF 2024, tributando en tal caso en el régimen de estimación directa simplificada, sin que sea necesario cumplir con las obligaciones formales específicas previstas para el régimen de simplificada.
Para aplicar la renuncia se recomienda hacerlo de forma tácita en la declaración correspondiente al pago fraccionado del cuarto trimestre de 2024, a presentar en enero de 2025, ya por el método de estimación directa (modelo 130).
Los contribuyentes que renuncien al régimen de módulos para IRPF 2024, seguirán manteniendo la tributación en el IVA por el régimen simplificado para el cuarto trimestre de 2024.
Esta eventual renuncia a módulos para 2024 no impedirá que el contribuyente pueda volver a aplicar el sistema de módulos en 2025 o 2026, a su elección, por una doble vía: presentación del modelo 036/037 o presentación del primer pago fraccionado del año por el método de estimación objetiva.
La renuncia al método de estimación objetiva en el IRPF y la posterior revocación, tendrá los mismos efectos respecto de los regímenes especiales establecidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido o en el Impuesto General Indirecto Canario desde el 1 de enero de 2025.
Si, para las explotaciones y actividades agrarias en las que se hayan producido daños como consecuencia directa de la DANA. La reducción de los índices de rendimiento neto está pendiente de publicación de una orden ministerial. Se aplicará en la declaración de la Renta 2024 a presentar en 2025.