FAQs (Preguntas frecuentes) en relación con el T2GI
Informazioaren aurkibidea saltatuEscenario 2 (Mercancía UE vinculada a DF-ITF-RPAF en GIB vuelta a UE)
El T2GI debe incluir en el campo de documentos de acompañamiento (supporting docs) uno de los códigos siguientes:
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1241 - MRN partida del tránsito (T2GI/T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía que proviene de Depósito Fiscal o MRN del tránsito (T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía en un régimen de Depósito aduanero
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1242 - MRN partida del tránsito (T2GI/T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía que proviene de Importación Temporal fiscal o MRN del tránsito (T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía en un régimen de Importación temporal aduanera.
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1243 - MRN partida del tránsito (T2GI/T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía que proviene de Perfeccionamiento Activo fiscal o MRN del tránsito (T1GI) con el que llegó a Gibraltar la mercancía en un régimen de Perfeccionamiento Activo aduanero. junto con el MRN del T2GI de entrada con el que la mercancía UE entró en DAF (DF), PAF (RPAF) o ITF
El Acuerdo entre UE/UK con respecto a Gibraltar señala que se validará que el T2GI recibido es compatible con el estado que se declara en supporting documents (ej.: si sale de DF, el previo debe ser mercancía en DF).
Dado que la DCP llevará un registro de todo lo que entró en Gibraltar con un T2GI y su situación allí.
Prevé un doble sistema de validación:
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el operador declara con el T2GI lo que sale de DF/RPAF/ITF y se relaciona con el T2GI de entrada, y
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Gibraltar remite vía Servicio Web la mercancía que abandona/desvincula el régimen indicando masa neta por partida, MRN del T2GI de entrada y MRN del T2GI de salida.
Con esa información, la mercancía vuelve con estatuto aduanero de la Unión, y según la declaración de exportación con la que se envió a Gibraltar, se podrá declarar en:
- Retorno: 61 10, 61 21, 22 y 23
- Retorno para otro EEMM: 63 10, 63 21, 63 22 y 63 23.