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PreDUA - MRN eskaera
A través de la obtención de un MRN previo, que el operador pueda incluir en las Solicitudes de Intervención presentadas ante los SIF como documento de cargo, facilitará el enlace entre el DUA y los certificados correspondientes, haciendo innecesario que el operador tenga que completar la casilla 44 de la declaración aduanera una vez emitidos dichos certificados.
Esta solicitud de MRN se realizará electrónicamente y podrá presentarse hasta 30 días antes de la llegada de la mercancía. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la declaración completa se tendrá por no presentada y se anulará el MRN.
Los datos requeridos son mínimos, y la mayor parte son modificables. Sin embargo el operador no debe olvidar que si no hay coincidencia entre los datos de los certificados de inspección y los del DUA no podrá obtener el levante de la mercancía.
En aquellos casos en que esta declaración se refiera a una mercancía susceptible de control por un SIF, ese MRN se dará de alta en la base de datos VUA.
La respuesta de la Aduana contendrá, además del MRN, la indicación de los posibles certificados/autorizaciones que de acuerdo con la posición TARIC declarada son necesarios para obtener el levante de la mercancía.