ALBren funtzionamendu-eskema
Jarraitu beharreko pausoei buruzko informazio laburra emango dizugu
Ikuskaritza-zerbitzuetan esku hartzeko eskaerak aurkeztea
Las solicitudes a los SIF se seguirán realizando en los sistemas de cada uno de estos Servicios. A través del portal también se podrán encontrar los enlaces directos a dichos sistemas.
Cómo documento de cargo en dichas Solicitudes de Intervención podrá incluirse:
- El preDUA, a través de la referencia al MRN obtenido de acuerdo con lo anterior, o
- La Declaración Sumaria de Depósito Temporal (DSDT), necesaria cuando la declaración aduanera no vaya a ser un DUA de importación o en el caso de que no se haya presentado un PreDUA. Si el documento de cargo es una DSDT será necesario que el operador incluya la referencia de los certificados al presentar el DUA (no será posible garantizar entonces un posicionamiento único con la Aduana), o completar posteriormente el DUA enviando un mensaje específico antes de obtener el levante.
A partir de la presentación de la Solicitud, el Servicio de Inspección decidirá si va a realizar una inspección física de la mercancía. En caso afirmativo, incluirá esa información en la VUA.
Una vez que en VUA se incorpora la intención de reconocer una mercancía, el sistema informará de esta situación al resto de Servicios que pudieran estar implicados.
En el momento que exista una comunicación de que se va a realizar un reconocimiento físico, no será posible la modificación del preDUA. En el caso de que fuera necesario, el operador deberá solicitar al SIF correspondiente que anule esa acción como paso previo para realizar la modificación.