Comunidad Autónoma de Canarias
Los contribuyentes que en 2020 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por donaciones con finalidad ecológica
- Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias
- Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia
- Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro
- Justificación documental de las anteriores deducciones autonómicas por donativos
- Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural
- Por gastos de estudios
- Por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio
- Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica
- Por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual
- Por nacimiento o adopción de hijos
- Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años
- Por acogimiento de menores
- Para familias monoparentales
- Por gastos de guardería
- Por familia numerosa
- Por inversión en vivienda habitual
- Por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual
- Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por alquiler de vivienda habitual
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago
- Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)
- Por contribuyentes desempleados
- Por gasto de enfermedad
- Por familiares dependientes con discapacidad
- Límites comunes y obligaciones formales para aplicar las deducciones