2021eko araudiaren berritasunak
Informazioaren aurkibidea saltatuHAC/646/2021 Agindua, ekainaren 22koa, 322 ereduak egokitzeko “Hileko autolikidazioa, banakako eredua”, 303 “Balio erantsiaren gaineko zerga, Autolikidazioa,” eta 390 “Balio Erantsiaren gaineko Zergaren urteko aitorpen-laburpena”apirilaren 27ko 7/2021 Errege Lege Dekretuak eta ekainaren 15eko 424/2021 Errege Dekretuak merkataritza elektronikoari dagokionez Balio Erantsiaren gaineko Zergan sartutako aldaketei.
Orden HAC/646/2021, de 22 de junio,por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria.
El 24 de junio se publica en el BOE la Orden HAC/646/2021, de 22 de junio, para adaptar los modelos 322 “Autoliquidación mensual, modelo individual”, 303 “Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación” y 390 “Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido”, a los cambios introducidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido por el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, y por el Real Decreto 424/2021, de 15 de junio en relación con el comercio electrónico. Entre otros cambios, en los modelos 303 y 322 se añaden nuevas casillas para informar las operaciones acogidas a la ventanilla única (OSS e IOSS), distinguiendo entre las no sujetas (casillas 123 y 126) y las sujetas en el territorio español de aplicación del impuesto (casillas 124 y 127). En el caso del modelo 390 estas operaciones se informan en las nuevas casillas 126 y 127.
De forma adicional, en esta Orden se adaptan las especificaciones técnicas del suministro electrónico de facturación (SII), incorporando una nueva clave que permita la adecuada anotación de los registros de facturación correspondiente a las operaciones acogidas a los mismos. Esta adaptación solo consiste en la creación de una nueva clave de régimen especial denominada:
Clave 17: Operación acogida a alguno de los regímenes previstos en el Capítulo XI del Título IX (OSS e IOSS).
Estos cambios resultarán aplicables:
- Para el SII a partir del 1 de julio de 2021.
- Para las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 303 y 322, en las declaraciones correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de julio de 2021 (tercer trimestre/mes de julio).
- Para la declaración-resumen anual, modelo 390, correspondiente al ejercicio 2021.