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Las personas físicas, excepto las adscritas a la DCGC o UGGE, podrán presentar el modelo 347:
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Electrónicamente, a través de Internet con sistema de firma con clave de acceso (sistema Cl@ve PIN).
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Electrónicamente, a través de Internet, con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación, en ambos casos utilizando un certificado electrónico reconocido.
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Las personas jurídicas en general, las personas físicas adscritas a la DCGC/UGGE, las Administraciones públicas, sociedades anónimas y limitadas y las restantes entidades, deberán presentar el 347 electrónicamente, a través de Internet, con firma electrónica avanzada o un sistema de identificación y autenticación, en ambos casos utilizando un certificado electrónico reconocido.
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La presentación del 347 podrá realizarse por el propio declarante o bien por un tercero que actúe en su representación (apoderado o colaborador).
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El 347 se puede presentar mediante dos vías:
- Presentación mediante formulario web.(hasta 40.000 registros)
- Presentación mediante fichero (TGVI Online)