¿A quiénes afectan?
Todos los integrantes de la cadena de suministro del comercio electrónico se ven afectados, desde los vendedores y los mercados/plataformas, tanto dentro como fuera de la Unión Europea, hasta los operadores postales y las empresas de mensajería, las aduanas y las administraciones fiscales de los distintos Estados miembros de la Unión Europea, pasando por los consumidores.
Vendedores
Cualquier vendedor que realice sus operaciones a través de internet, con independencia de los bienes y servicios que venda y del mercado en el que opera (comunitario o extracomunitario) puede beneficiarse de los cambios en la normativa del IVA del comercio electrónico, diseñados para simplificar sus obligaciones en materia de IVA
Si es así, consulte los apartados dedicados a los nuevos regímenes especiales de ventanilla única (OSS e IOSS) para saber su finalidad, cómo funcionan, a quién afectan, cómo registrarse en ellos y qué debe hacer cuando empiece a utilizarlos.
Enlace al apartado "Los nuevos regímenes de ventanilla única"
Las nuevas normas permitirán:
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Asegurar que el IVA se pague donde se produce el consumo de bienes y servicios;
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Crear un sistema de IVA uniforme y transparente para las entregas transfronterizas de bienes y servicios;
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Establecer una competencia leal entre los operadores europeos y extranjeros del mercado del comercio electrónico, así como entre el comercio electrónico y las tiendas tradicionales;
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Ofrecer a las empresas un sistema sencillo y uniforme para declarar y pagar su IVA en la UE a través de la Ventanilla Única del IVA (OSS) /Ventanilla Única de Importación (IOSS).
1º. Nuevo umbral único en toda la UE.
Los umbrales existentes para las ventas a distancia de bienes a compradores de otros Estados miembros de la UE (35.000 o 100.000 euros, según el Estado miembro) se suprimirán y se sustituirán por un nuevo umbral de 10.000 euros para toda la Unión Europea. Por debajo de este umbral, podrá seguir aplicando la normativa española del IVA a sus ventas transfronterizas. Si sus ventas superan este umbral, estará obligado a pagar el IVA en el Estado miembro donde se encuentren sus compradores. Pero podrá registrarse fácilmente en la Ventanilla Única (OSS), donde podrá declarar y pagar el IVA adeudado en otros Estados miembros.
2º. Fin de la exención del IVA a la importación.
Se eliminará la exención del IVA para la importación de bienes cuyo valor no supere los 22 euros. En consecuencia, todos los bienes importados a la UE estarán sujetos al IVA. La Ventanilla Única de Importación (IOSS) se crea para facilitar y simplificar la declaración y el pago del IVA en las ventas a distancia de bienes importados a la UE cuyo valor no supere los 150 euros. Si se registra en la IOSS, sus clientes apreciarán que el precio que pagan representa el precio final, con el IVA incluido, sin cargos ni tasas adicionales.
Si no se inscribe en el IOSS, el IVA lo pagará su cliente al importar los bienes en la UE. Los operadores postales o las empresas de mensajería pueden cobrar al cliente una tasa de despacho adicional para recaudar este IVA y realizar los trámites necesarios en el momento de la importación de las mercancías.
Como los clientes de la UE están acostumbrados a que los precios incluyan el IVA, el pago de tasas adicionales en el momento de la importación podría hacer que el cliente rechazara el paquete en cuestión.