Consecuencias del BREXIT en el IVA a partir del 1 de enero de 2021
Saltar índice de la informaciónRégimen especial de prestación de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión o electrónicos (MOSS)
Los empresarios establecidos en el Reino Unido que apliquen el régimen de Mini One-Stop Shop (MOSS) para las prestaciones de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos a particulares residentes en la Unión Europea, deberán cambiar su identificación MOSS y registrarse en un Estado miembro en el régimen de no establecidos en la Unión.
Los empresarios identificados en España incluirán en la declaración de IVA MOSS del cuarto trimestre de 2020 (modelo 368) los servicios prestados en el Reino Unido durante dicho trimestre, aunque deberán presentar esta declaración desde el día 1 al 20 de enero de 2021, esto es, una vez finalizado el periodo transitorio el 31 de diciembre de 2020. En el caso de que deban modificar las declaraciones del IVA MOSS, relativas a trimestres del 2020 o anteriores, en la parte correspondiente a servicios prestados en el Reino Unido, podrán hacerlo solo hasta el 31 de diciembre de 2021.