Régimen especial del grupo de entidades
Saltar índice de la información¿Cuáles son las obligaciones de las entidades que apliquen el REGE?
- Deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 164 de la LIVA, excepción hecha del pago de la deuda tributaria o de la solicitud de compensación o devolución.
- Responderán solidariamente del pago de la deuda tributaria derivada de este régimen especial.