Novetats de normativa 2019
Saltar índex de la informacióModificació Directiva IVA: empresaris que faciliten determinades vendes a través de l'ús d'interfícies electròniques, aplicable a partir d'1 de gener de 2021
Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes.
La Directiva (UE) 2017/ 2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, modificó la Directiva 2006/112/CE para establecer que un empresario que facilite determinadas ventas a través del uso de interfaces electrónicas (mercado en línea, plataforma, portal o medios similares) ha recibido y entregado él mismo los bienes. En concreto, se aplicará en:
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Ventas a distancia de bienes importados en envíos con un valor intrínseco que no exceda de 150 €.
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Entrega de bienes dentro de la Comunidad por empresarios no establecidos en la Comunidad a particulares.
Existen por tanto dos entregas: la efectuada por el proveedor de los bienes al empresario que facilita la venta a través de la interfaz electrónica y la entrega llevada a cabo por este último al particular.
La Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo, de 21 de noviembre de 2019, con vigencia desde el 1 de enero de 2021, aclara los siguientes aspectos:
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El transporte de los bienes se imputará a la entrega efectuada por el empresario que facilita la venta a través de la interfaz electrónica al particular.
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El devengo de la entrega efectuada por el proveedor y la llevada a cabo por el empresario que facilita la venta a través de la interfaz electrónica se produce, en ambos casos, en el momento en que se haya aceptado el pago.
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La entrega efectuada por el proveedor estará exenta de IVA, si bien se le reconoce el derecho a la deducción del IVA soportado en la compra o importación de los bienes entregados. Para ello debe estar registrado en el Estado miembro de adquisición o importación.
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El empresario que facilite la venta de bienes a través de la interfaz electrónica a particulares, podrá aplicar la ventanilla única (MOSS) a las entregas dentro de un mismo Estado miembro.