Por donaciones irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo
Incluye las siguientes deducciones:
- 1. Por donaciones para la promoción y estímulo de las actividades de fomento de mecenazgo
- 2. Por donaciones para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja
- 3. Por donaciones a empresas culturales
- 4. Por donación de bienes culturales por sus autores o creadores y sus herederos
- 5. Requisitos comunes para la aplicación de las deducciones
- 6. Justificación documental