1. Cuantificación del número de unidades empleadas, utilizadas o instaladas en la actividad de los distintos signos o módulos
La primera operación que debe realizarse para determinar el rendimiento neto previo consiste en cuantificar el número de unidades empleadas, utilizadas o instaladas de cada uno de los módulos fijados para cada actividad que tenga la consideración de independiente.
La Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre (BOE del 30), establece en su Anexo II en apartado 2.1 de sus Instrucciones las reglas para cuantificación del número de unidades de los distintos signos o módulos que pasamos a examinar a continuación.
Ahora bien, para este ejercicio 2020, con la finalidad de adaptar la cuantía del rendimiento neto determinado con arreglo al método de estimación objetiva a la realidad económica derivada de la actual situación de emergencia sanitaria que ha provocada el Covid-19, se ha establecido, además, una medida para que el cálculo el número de unidades de cada módulo recoja la incidencia de los estados de alarma decretados en 2020 en la determinación del rendimiento anual.
- Reglas para el cómputo de los módulos
- Módulo "Personal no asalariado"
- Módulo "Personal asalariado"
- Módulo "Superficie del local"
- Módulo "Consumo de energía eléctrica"
- Módulo "Potencia eléctrica"
- Módulo "Superficie del horno"
- Módulo "Mesas"
- Módulo "Número de habitantes"
- Módulo "Carga del vehículo"
- Módulo "Plazas"
- Módulo "Asientos"
- Módulo "Máquinas recreativas"
- Módulo "Longitud de barra"
- Módulo "Potencia fiscal del vehículo"
- Módulo "Distancia recorrida"