Ohiko galderak
Ezagutu SILICIErekin lotutako galdera eta zalantza ohikoenen erantzunak
Kontabilitate-sistematik abiatuta kontabilitate-idazpenak hornitzea
Sí, podrán optar por la llevanza de la contabilidad y el suministro electrónico de los asientos contables a partir de su sistema contable en soporte informático siempre que en él registren los movimientos, procesos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en su caso, de las primeras materias necesarias para obtenerlos.
En este supuesto, la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales prevista en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales, estará integrada por los asientos contables que hayan sido suministrados electrónicamente.
Ez.
La llevanza y suministro de los asientos contables a partir de un sistema contable en soporte informático en el establecimiento tiene carácter opcional.
En caso de que el titular del establecimiento disponga de dicho sistema contable en soporte informático, podrá optar por realizar el suministro de los asientos contables a partir del mismo.
Si no ejercita dicha opción, deberá realizar el suministro de los asientos contables directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
El ejercicio de la opción de llevanza de la contabilidad a partir del sistema contable interno en soporte informático supone un mayor plazo para realizar el suministro de los asientos contables a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria:
- Los establecimientos que no hayan ejercido la opción, deberán llevar su contabilidad directamente en dicha sede electrónica, y realizar el suministro de los asientos contables dentro de las 24 horas siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.
- Los establecimientos que disponiendo de un sistema contable en soporte informático hayan ejercido la opción de llevanza y suministro a partir del mismo deberán registrar el asiento en dicho sistema dentro de las 24 horas siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento y podrán realizar el suministro en el plazo de 5 días hábiles.
Establezimenduaren barne kontabilitate-sistemak oinarri informatikoa duen sistema izan behar du, eta establezimenduan egindako mugimenduak, eragiketak edo prozesuak erregistratzeko aukera eman behar du, baita kontabilitate-idazpenak Zerga Agentziaren egoitza elektronikoaren bidez hornitzeko aukera ere.
Establezimenduan oinarri informatikoko kontabilitate-sistema izatea aukerakoa da, ez dago Zerga Agentziak zehaztutako formatu bati lotuta, eta ez du baimenik behar.
Los establecimientos que disponiendo de un sistema contable en soporte informático hayan ejercido la opción de llevanza y suministro a partir del mismo deberán tener a disposición de la Administración (Servicios de Inspección o en su caso de Intervención de Impuestos Especiales) dicho sistema contable en soporte informático, en el propio establecimiento.
Como regla general, la contabilidad válida a los efectos de las obligaciones previstas en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales, estará integrada por los asientos contables suministrados a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Hala ere, epe barruan hornitzeke dauden mugimendu, eragiketa edo prozesuei dagokienez soilik, kontabilitate-sistema horretan informatikoki erregistratutako kontabilitate-idazpenek osatuko dute Zerga Berezien Erregelamenduaren 50. artikuluan aurreikusitako betebeharren ondorioetarako baliozkoa den kontabilitatea.
La opción por la llevanza de la contabilidad y el suministro electrónico de los asientos contables a partir del sistema contable en soporte informático del establecimiento se deberá ejercer por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En el Portal SILICIE y en la sede electrónica de la Agencia Tributaria se encuentra disponible el formulario que debe utilizarse para el ejercicio de esta opción:
Aukera hori baliozkoa izaten hasten den egutegiko urtea hasi aurretik baliatu behar da.
Hala ere, abian den egutegiko urtean jarduerak egiten hasi diren establezimenduek jardueraren hasieraren adierazpena aurkezteko aukera izango dute, eta aukera horrek jardueraren hasieratik izango du eragina.
Si no ejerce la opción la llevanza de la contabilidad y el suministro electrónico de los asientos contables a partir de su sistema contable en soporte informático, deberá realizar el suministro de los asientos contables directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro de las 24 horas siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.
Quienes opten por este sistema de llevanza de los libros contables deberán mantenerlo, al menos, durante el año natural para el que se ejercita la opción.
Aukera hori luzatu egingo da hurrengo urteetarako, harik eta uko egin ezean.
La opción, una vez ejercida deberá mantenerse durante todo el año natural para el que se ejerció, pero se podrá renunciar a la misma, con efectos desde el inicio del año natural siguiente.
La renuncia deberá ejercitarse mediante el formulario habilitado al efecto, que se encuentra disponible en el Portal SILICIE y en la sede electrónica de la Agencia Tributaria: