Regímenes para determinar el rendimiento de la actividad
Qué métodos puedes utilizar, cuáles son incompatibles, cuándo estás excluido y a cuáles puedes renunciar
Renuncia
Al ser un método voluntario puedes renunciar a su aplicación:
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Presentando una declaración censal con el Modelo 036 (renuncia expresa).
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Con carácter general, durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto. Para el año 2026, dispondrás para ejercitar dicha opción hasta el 2 de febrero de 2026. Si inicias una nueva actividad, en el momento de presentar la declaración censal correspondiente; es decir, antes del inicio efectivo de la actividad.
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O bien presentando el pago fraccionado del primer trimestre del ejercicio o, en su caso, del primer trimestre que corresponda al inicio de la actividad con el Modelo 130 (renuncia tácita).
Consecuencia de la renuncia en una actividad
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Todas las actividades que realizas pasan a estimación directa simplificada siempre que cumplas los requisitos de esta modalidad.
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Tiene efectos por un período mínimo de 3 años. Finalizado ese plazo se entiende prorrogada tácitamente para cada uno de los años siguientes en los que resulte aplicable.
Si quieres volver a estimación objetiva, pasados esos años, deberás revocar la renuncia. La revocación será efectiva si cumples los requisitos para estar en estimación objetiva.
Revocación de la renuncia
La revocación de una renuncia anterior supone volver a aplicar la estimación objetiva cuando sea posible.
Revoca la renuncia con una declaración censal. Preséntala en los mismos plazos que la renuncia
Al ser un método voluntario puedes renunciar a su aplicación presentando una declaración censal con el Modelo 036 (renuncia expresa).
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Con carácter general, durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto.
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Si inicias una nueva actividad, en el momento de presentar la declaración censal correspondiente, es decir antes del inicio efectivo de la actividad.
Consecuencia de la renuncia en una actividad
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Todas las actividades que realizas pasan a estimación directa normal.
- Tiene efectos por un período mínimo de 3 años. Finalizado ese plazo se entiende prorrogada tácitamente para cada uno de los años siguientes en los que resulte aplicable.
Para volver a directa simplificada, pasados esos años, deberás revocar la renuncia. La revocación será efectiva si cumples los requisitos para estar en simplificada.
Revocación de la renuncia
La revocación de una renuncia anterior supone volver a aplicar la estimación directa simplificada si cumples los requisitos.
Revoca la renuncia con una declaración censal. Preséntala en los mismos plazos que la renuncia.