Preguntas frecuentes del modelo 196 (ejercicio 2026 y siguientes)
Saltar índice de la informaciónPresentación del modelo 196
El modelo 196 tiene una periodicidad mensual y su plazo de presentación será el mes natural siguiente al que se refiera la información.
La primera declaración deberá presentarse en el mes de febrero de 2026 con los datos de enero de dicho año.
El modelo 196 se presenta mediante WebService. La Agencia Tributaria ofrece un cliente de WS para pequeños declarantes (menos de 10.000 registros por cada envío), que permite el envío de un fichero de declarados.
Si se detectan errores materiales (por ejemplo, IBAN incorrecto) se pueden modificar o dar de baja los registros erróneos.
La modificación de un registro sustituye completamente los datos del registro anterior. Por tanto, si Tipo de comunicación L1=A1 (modificación) deben remitirse todos los campos del registro, no solo los campos cambiados.
En caso de anulación, Tipo de comunicación L1= A2 (baja de registro), basta con indicar el IDRegistroDeclarado + IDDeclarante + Ejercicio, sin que sea necesario volver a enviar todo el contenido del registro.
El tipo de comunicación siempre será A0, salvo cuando ese IdRegistro se quiera modificar o dar de baja en el mismo periodo debido a errores en la información inicialmente reportada en el mismo período.
El “Tipo de comunicación” A1 o A2 solo se utiliza para la corrección de errores en registros previamente declarados.
En un mismo envío se pueden incluir registros que respondan a distintos tipos de comunicación: altas, modificaciones o bajas.
Sí. Deben corregir las declaraciones de todos los períodos afectados por el error. Cada período es autónomo, por ejemplo, si se corrige un error de la declaración del mes de enero, no se va a corregir automáticamente el error en la declaración de febrero ya presentada, es necesario corregir ambas.
En el mensaje de respuesta se incluye un resultado global de la presentación, que puede ser aceptada (si no existen errores en ningún registro), aceptada parcialmente (cuando existen registros aceptados y rechazados) y rechazada (cuando todos los registros han sido rechazados).
La codificación de los errores se puede consultar en el siguiente enlace:
Documentación anexos de errores - Desarrolladores (agenciatributaria.es)