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Saltar índice de la informaciónPagar, aplazar y consultar: Aplazar y fraccionar deudas
En el apartado "Aplazar y fraccionar deudas" dispones de dos opciones "Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas" y "Calculadora de intereses y aplazamientos".
Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas
Para acceder a la presentación de la solicitud de aplazamiento es necesario estar registrado en el sistema Cl@ve, disponer de certificado electrónico software (sistemas Android e iOS) o DNI electrónico (sistema Android). Es posible acceder en nombre propio o como representante; confirma la opción seleccionada y, en la siguiente ventana, si accedes como representante, cumplimenta la casilla del NIF del obligado que solicita el aplazamiento o fraccionamiento y pulsa "Aceptar".
Entrarás en el alta de la solicitud en la que puedes seleccionar hasta un máximo de 5 deudas con su clave de liquidación del apartado "Relación de deudas". Selecciona las que consideres oportunas y pulsa "Aceptar" al final de la ventana.
A continuación, se muestran las deudas que has seleccionado para la solicitud del aplazamiento. Escoge el tipo de garantía entre "Exención" y "Garantía (con o sin dispensa)". Después cumplimenta los datos de la domiciliación bancaria; la aplicación muestra la última cuenta que se haya utilizado en algún pago anterior con la Agencia Tributaria; marca la casilla correspondiente si quieres usar esta cuenta.
Comprueba la propuesta de pago: el número de plazos de duración (periodicidad mensual) y la fecha del primer plazo.
Al final de la ventana pulsa "Firmar y Enviar"; a continuación, marca la casilla "Conforme" y de nuevo "Firmar y Enviar".
Obtendrás el detalle de la solicitud dada de alta con la fecha, el código asociado a tu expediente, el CSV (Código Seguro de Verificación) y las deudas e importes incluidos en la solicitud.
Calculadora de intereses y aplazamientos
La calculadora de intereses y aplazamientos es una herramienta que te permite conocer los intereses, legales y/o de demora, que pueden resultar aplicables a las deudas, tributarias y/o no tributarias.
Al acceder, por defecto, encontramos la aplicación para el "Cálculo de aplazamientos y fraccionamientos". Consulta el botón "Más información" para obtener información sobre los intereses de aplazamientos y fraccionamientos.
El primer bloque está destinado a las fechas de inicio y primer vencimiento que puedes cumplimentar en el formato dd/mm/aaaa o ayudándote del calendario. La fecha de inicio es la fecha límite de ingreso en periodo voluntario de pago para que los intereses se calculen desde el día siguiente a la misma y la fecha del primer vencimiento es el día 5 ó 20 de cada mes, salvo que sea inhábil, en cuyo caso se trasladará al inmediato hábil siguiente.
Si tienes alguna duda sobre la cumplimentación de alguna casilla pulsa sobre el signo de interrogación "?".
En el segundo bloque introduce el importe total de la cuota, sólo dígitos y sin separador de miles. Además escoge si las cuotas van a ser iguales o no en el desplegable. Si seleccionas "No" deberás introducir los importes más abajo. Después, indica el recargo de apremio, si lo hay. A continuación, selecciona en el desplegable la periodicidad entre estas opciones: mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, semestral, anual y aperiódico. Indica el número de plazos y escoge los intereses entre legal o demora.
Una vez indicados todos los datos pulsa "Calcular" al final de la ventana.
Se mostrará el número de plazos, la fecha de vencimiento, el importe de cada plazo, el número de días (entre fecha de ingreso y fecha de vencimiento) y los intereses aplicados. En la parte superior tienes un enlace para exportar el resultado del cálculo a "Excel".
En el "Menú Principal" situado en la parte superior encontrarás, además de la calculadora de "Intereses de Aplazamientos y fraccionamientos", las calculadoras de "Intereses de deudas tributarias" e "Intereses de deudas no tributarias", que pueden ser a favor del contribuyente o intereses de demora de deudas tributarias y no tributarias. Estas calculadoras tienen el mismo funcionamiento que la del cálculo de aplazamientos y fraccionamientos.
También en el menú principal, al final de la ventana, se encuentra la normativa aplicable y las notas aclaratorias.
NOTA 1: Si tienes varias deudas, tributarias y no tributarias, deberás calcular los intereses en cada bloque según su categoría.
NOTA 2: Si tienes varias deudas a las que les resulten aplicable el mismo concepto de interés, podrás calcular los intereses de todas a la vez. Incluso si estas tienen ingresos parciales, en cuyo caso, deberás introducir en el desglose de cada concreta deuda con ingreso (en el campo "ingresos realizados a cuenta"), la fecha de ese ingreso y su importe.