Hitzarmenetako xedapen ohikoenak
Zerga-ahalaren banaketa Hitzarmenetan, oro har, errenta mota desberdinetarako
Hitzarmenak. Pentsioak
Las pensiones, entendidas como remuneraciones que tienen su causa en un empleo ejercido con anterioridad, tienen distinto tratamiento según se concedan por razón de servicios prestados en el sector privado o público:
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Pensión recibida por razón de un empleo anterior en el sector privado, (entre las que se incluyen generalmente las satisfechas por la Seguridad Social) la mayor parte de los Convenios establecen el derecho de imposición a favor del Estado de residencia de la persona que recibe la pensión.
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Pensión recibida por razón del trabajo dependiente prestado al Estado, una subdivisión política o entidad local, (por ejemplo, las de los funcionarios), el derecho lo tiene el Estado de donde proceden las mismas, salvo en algunos Convenios, en los que, si tiene la nacionalidad del Estado de residencia, la potestad tributaria corresponde a este.
No obstante, debe consultarse el Convenio concreto.